El dictamen de ley de mercados de carbono en Argentina entusiasma al agro

Campo agrícola en Argentina donde podrían generarse bonos de carbono por captura en suelos.

Foto: Tomás Asurmendi / Pexels

El dictamen de ley de mercados de carbono en Argentina salió de comisiones del Senado y quedó en condiciones de tratarse en el recinto, posiblemente la semana próxima. El texto unificó tres proyectos y establece un marco legal para que los productores agropecuarios puedan comercializar bonos de carbono por las reducciones o capturas de gases de efecto invernadero que logren en sus campos.

El plenario de las comisiones de Legislación General, Ambiente y Desarrollo Sustentable, y Presupuesto y Hacienda del Senado aprobó el dictamen, según informó Bichos de Campo. La norma aún no tiene media sanción, pero los bloques negocian incluirla en el temario de una próxima sesión.

Por qué el agro ve un nuevo negocio en los bonos de carbono

La ley define a los bonos de carbono como bienes patrimoniales diferenciados de la tierra y reconoce que, en proyectos basados en la naturaleza, su titularidad corresponde a los propietarios de los campos o a quienes hayan recibido contractualmente esos derechos. Esto resuelve el debate central: quién es dueño de esos créditos y quién puede venderlos.

En la práctica, un productor que conserve un bosque, mejore el manejo ganadero, capture carbono en el suelo agrícola o genere energía con residuos puede obtener créditos certificables. Cada crédito equivale a una tonelada métrica de dióxido de carbono evitada, reducida o removida. Esa tonelada debe ser cuantificable, monitoreable, reportable y verificable. Luego, ese crédito se vende a empresas que buscan compensar emisiones o cumplir compromisos climáticos.

El Consejo Agroindustrial Argentino (CAA) celebró el avance y estimó que una ley con reglas claras podría atraer inversiones por más de 2.000 millones de dólares y generar hasta 3.900 millones de dólares anuales en divisas. El sector ya cuenta con más de 40 proyectos en ejecución, restringidos a mercados voluntarios sin regulación estatal.

Qué dice el dictamen sobre la propiedad de los créditos

El artículo 4 del dictamen establece que el crédito de carbono es un bien inmaterial de carácter patrimonial, con individualidad jurídica y económica propia, diferenciado del inmueble, del recurso natural y de la actividad de la que deriva. El artículo 5 aclara que la titularidad registral no implica necesariamente la propiedad económica del crédito, que se rige por los acuerdos y contratos de cesión con los titulares de los derechos sobre los bienes afectados al proyecto.

Para los proyectos basados en la naturaleza, el artículo 17 reconoce que los créditos pertenecen a los titulares de la tierra o a quienes estos cedan sus derechos, bajo jurisdicción provincial. Las provincias pueden desarrollar programas jurisdiccionales de mitigación, pero deben garantizar el consentimiento informado de los propietarios, su derecho a excluirse y la posibilidad de desarrollar proyectos individuales sobre sus inmuebles.

El CAA proyectó que, con cotizaciones internacionales por tonelada de CO2 que podrían triplicar los valores actuales, el país duplicaría la cantidad de desarrollos en el corto plazo. Argentina no tiene hoy un mercado regulado de carbono. Si la ley se aprueba, quedaría ordenado un sistema que busca evitar que los activos ambientales queden bajo control exclusivo de los gobiernos provinciales y garantizar que los productores capturen el ingreso.

Fuente original: https://bichosdecampo.com/ley-de-mercados-de-carbono-salio-el-dictamen-de-senadores-y-el-agro-se-entusiasma-con-discutir-una-ley-que-podria-abrir-un-nuevo-negocio/

¡Sumate a EcoNews Weekly!

Tu dosis semanal de información socioambiental. Todos los jueves, la newsletter de EcoNews en tu bandeja de entrada.

Exit mobile version