Argentina habilita cigarrillos electrónicos y tabaco calentado tras 15 años de prohibición

Dispositivo de vapeo emitiendo humo, ilustrando la habilitación de cigarrillos electrónicos en Argentina

Foto: Jonathan Cooper / Pexels

La habilitación de cigarrillos electrónicos y productos de tabaco calentado en Argentina, dispuesta por el Ministerio de Salud mediante la Resolución 549/2026 y por ANMAT a través de la Disposición 2543/2026, marca un giro en la política nacional de control de tabaco. Ambas normas, publicadas el 4 de mayo en el Boletín Oficial, derogan prohibiciones vigentes desde 2011 para vapeadores y desde 2023 para dispositivos de tabaco calentado.

Las nuevas regulaciones crean el Registro de Productos de Tabaco y Nicotina (RPTN), bajo el cual estos productos podrán importarse y comercializarse cumpliendo requisitos de inscripción. La publicidad, promoción y patrocinio de estos dispositivos permanecen prohibidos bajo la Ley Nacional de Control de Tabaco 26.687.

Según Fundeps, organización de la sociedad civil especializada en derecho a la salud, la medida representa un retroceso sanitario. La entidad advierte en un comunicado que se abre paso a productos con efectos nocivos comprobados y alto potencial adictivo, especialmente en menores de edad.

El argumento oficial que justifica el cambio

La Resolución 549/2026 fundamenta la apertura en datos de SEDRONAR que indican que el 35,5% de los estudiantes secundarios consumían vapeadores en 2025, pese a la prohibición vigente. El Ministerio de Salud sostiene que las restricciones no lograron frenar el mercado informal y que la regulación permitirá mayor control.

Fundeps cuestiona esa lectura. Según la organización, el problema no era la prohibición sino la falta de fiscalización estatal. En el caso de los productos de tabaco calentado, la entidad señala que prácticamente no habían ingresado al mercado argentino antes de la prohibición de 2023, por lo que ahora se les facilita el acceso desde cero.

La Ley 26.687, sancionada en 2011, estableció ambientes libres de humo, prohibió la publicidad de productos de tabaco y restringió su venta a menores. Ese mismo año, ANMAT prohibió la comercialización de cigarrillos electrónicos aplicando el principio precautorio, base del derecho sanitario internacional ante productos sin evidencia suficiente de inocuidad.

Qué dice la normativa sobre las bolsas de nicotina

Las bolsas de nicotina, que irrumpieron en el mercado argentino a fines de 2025 sin cumplir con las advertencias sanitarias requeridas, quedan ahora expresamente reguladas. La Resolución 549/2026 las incluye en el Registro de Productos de Tabaco y Nicotina y aclara que están alcanzadas por todas las restricciones de la Ley 26.687.

De acuerdo con Fundeps, esta inclusión reconoce implícitamente que estos productos operaban al margen de la ley sin intervención del Estado. La organización exige fiscalización efectiva y cumplimiento pleno de la normativa vigente.

La prevalencia del consumo entre adolescentes, citada por el propio Ministerio de Salud como justificación para regular, es uno de los datos que las organizaciones sanitarias consideran más preocupantes. Argentina ratificó el Convenio Marco para el Control del Tabaco de la Organización Mundial de la Salud, que establece compromisos de protección de menores frente a productos de nicotina.

Las nuevas disposiciones entran en vigor de inmediato. ANMAT deberá implementar el registro y los controles técnicos sobre los productos autorizados, en un contexto donde la capacidad de fiscalización estatal ya era cuestionada antes del cambio normativo.

Fuente original: https://fundeps.org/restroceso-salud-habilitan-cigarrillos-electronicos/

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