La humanidad y los demás seres vivos que habitan el planeta están en serio riesgo de extinción. El grave daño y la destrucción masiva de los ecosistemas, es decir, el ecocidio, cometido durante décadas y sin una ley que lo sancione, es sin dudas una de las causas de la actual crisis ambiental y climática, así como del colapso de la biodiversidad.
El aumento de los graves crímenes ambientales nacionales e internacionales está poniendo en peligro nuestro futuro y el de millones de seres vivos más, y con ello las posibilidades de vida de las generaciones venideras. Como ejemplos de crimen ambiental, podemos citar los incendios forestales intencionales en nuestro país y en el Amazonas, pulmón verde del planeta; la invasión humana de zonas naturales y la destrucción de los humedales, impulsadas por la tala ilegal, la expansión agrícola y sus modos de cultivo, así como por la ganadería industrial; la extracción indiscriminada de recursos naturales, especialmente con la obtención de petróleo y la minería; el tráfico ilícito de flora y fauna; la contaminación del agua, la tierra y el aire; la pesca ilegal y sus desperdicios volcados al mar; el comercio y la eliminación de residuos, entre ellos de plásticos y materiales peligrosos radiactivos y atómicos; y el tráfico de recursos naturales como metales y piedras preciosas; el uso de armamento y químicos en los conflictos bélicos y el flagelo del bioterrorismo, entre otros.
La incorporación del ecocidio como crimen no es la única solución para combatir los delitos ambientales, pero sin dudas es la piedra angular para proteger la vida en nuestro planeta, o “casa común”.
Los tratados, las convenciones, los acuerdos y, en general, los ordenamientos jurídicos internos no contemplan los crímenes ambientales y permiten que estos se sigan cometiendo con total impunidad. La creación de una ley que los criminalice o de un tratado o acuerdo que sea vinculante actuará como el marco legal para proteger a los pueblos originarios, el ambiente, la paz y los derechos humanos a nivel global.
El problema actual es que esos graves comportamientos que afectan a la humanidad (crimen ambiental organizado o internacional) no se encuentran regulados en el ámbito internacional.
En este sentido, existe un movimiento global que, desde la organización Stop Ecocidio, pretende incorporar en el Estatuto de Roma el ecocidio como el quinto delito de competencia de la Corte Penal Internacional.
Ello también está motivando que varios países en el mundo hayan incluido en su legislación interna esta importante figura que, aunque no es excluyente de otras normas de protección penal ambiental también necesarias, es un primer avance para proteger el ambiente.
Como ejemplo de esos países, podemos citar Francia, Vietnam, Rusia, Kazajstán, Kirguistán, Tayikistán, Georgia, Bielorrusia, Ucrania y Moldavia. Incluso el Parlamento Europeo resaltó recientemente la necesidad de legislar en las normas internas el ecocidio, y algunos países, como España y Bélgica, están trabajando en ello.
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En América, algunos estados mexicanos como Jalisco ya lo hicieron y hay propuestas para incorporarlo al Código Penal Federal. En nuestra región, existen propuestas como las de Ecuador y Brasil.
Actualmente, no hay dudas de que la forma principal de proteger el derecho a un ambiente sano y a la biodiversidad (art. 41, CN) de estos actos ilícitos o arbitrarios, graves, extensos o duraderos producidos por el hombre es a través del derecho penal, el cual debe perseguir y sancionar los comportamientos de las empresas multinacionales, los Estados y el crimen organizado que producen graves agresiones ambientales.
Asimismo, con el fin de proteger el ambiente en sentido amplio es fundamental avanzar en un cambio de paradigma ambiental y dejar atrás las posturas antropocéntricas para abrazar una postura biocéntrica o ecocéntrica. También es fundamental contemplar estos delitos como delitos de peligro o de resultado, para zanjar una vieja disputa doctrinaria, que —jugando a favor del interés de poderosos grupos económicos— impide que se legislen los delitos ambientales en el ámbito nacional. Igualmente necesario es aplicar a estas figuras agravantes que se correspondan con la realidad nacional e internacional, y no dejar de contemplar una figura culposa para el ecocidio, así como la responsabilidad de la persona jurídica principal responsable de los delitos de ecocidio, muchas veces en connivencia con funcionarios públicos.
Con base en estos parámetros, entendemos necesario que el Estado argentino manifieste su apoyo a Stop Ecocidio, que promueve un cambio de paradigma para lograr un mundo sin ecocidios.
Por nuestra parte, desde el grupo de investigación de la Asociación de Investigadores de Derecho Penal Ambiental y Climático (AIDPAC), y tras un estudio histórico, completo y sistemático de las distintas normativas existentes sobre el crimen de ecocidio y de nuestro derecho ambiental y penal (Código Penal de la Nación y normas penales complementarias) buscando no modificar la armonía y con base en nuestras necesidades internas y de protección del ambiente en sentido amplio, hemos elaborado una propuesta para la incorporación del crimen de ecocidio en el Código Penal. En este sentido, destacamos que la propuesta es aplicable al proyecto de Reforma del Código Penal (Comisión dec. 103/2017), todo ello sin desconocer que los delitos ambientales también pueden ser considerados como crímenes de lesa humanidad.
Como base para elaborar la propuesta, tomamos la definición del grupo de panel de expertos independientes convocados por Stop Ecocidio, a lo cual sumamos (además del ya referido estudio de las normas de derecho ambiental y de la sistematización de todo nuestro Código Penal) las bases y las experiencias recogidas de propuestas anteriores de inclusión de un título sobre “delitos contra el ambiente” en nuestro Código Penal. Así, buscamos proponer una solución salomónica y armónicamente posible, con la idea de abrir el camino a la incorporación de la figura de ecocidio en nuestro Código Penal, por ser la figura de más relevancia en la materia, sin excluir la necesidad y la urgencia de ampliar el abanico de delitos contemplados en el Código Penal, para terminar con la anomia en materia penal ambiental y lograr el cese de la impunidad.
Es por ello que, desde AIDPAC, pedimos al Gobierno argentino y demás autoridades nacionales, a las instituciones académicas y profesionales, a las asociaciones no gubernamentales y sociales protectoras del ambiente, a los defensores del ambiente, a los especialistas en materia ambiental y penal ambiental y a todos los ciudadanos, que declaren públicamente su apoyo y lleven el reclamo a los organismos nacionales e internacionales, a fin de que de manera urgente se incluyan o se creen normas, tratados o acuerdos internacionales o regionales, para que los crímenes ambientales internacionales sean contemplados como crímenes internacionales, y asimismo que se disponga la modificación del Estatuto de Roma para incluir el ecocidio como nuevo delito autónomo en la Corte Penal Internacional o la creación de un nuevo tribunal internacional con competencia para juzgarlos.
Principalmente, los invitamos a que nos apoyen en esta propuesta, para que se convierta en un anteproyecto de reforma del Código Penal, a fin de que el delito de ecocidio cubra un importante vacío legal y una función de prevención en la protección del ambiente a nivel nacional y global, con el objetivo de luchar contra la crisis ambiental y climática que afecta a nuestro planeta.
En síntesis, buscamos brindar una respuesta a la necesidad real y urgente que está llevando al mundo a un punto de no retorno de la humanidad tal como la conocemos.
Por eso, los invitamos a apoyar la propuesta que busca brindar un elemento jurídico para la tipificación de los crímenes ambientales en la Argentina.
Nuestra propuesta será publicada y se abrirá al debate ciudadano, académico y de los operadores judiciales, para lograr un consenso y mejorar la propuesta de ser necesario, a fin de que tome la fuerza necesaria para ser legislada. En ese sentido, los invitamos a abrazar el lema “Argentina sin ecocidio ni delitos ambientales”.
*Leé en detalle la propuesta para incorporar el ecocidio en el Código Penal Nacional